Subsidio de Cesantía: Conoce acá cómo puedes acceder a este beneficio

La solicitud del Subsidio de Cesantía se realiza exclusivamente de forma presencial en las oficinas de Chile Atiende.

El Subsidio de Cesantía es una ayuda económica proporcionada por el Instituto de Previsión Social (IPS) o cajas de compensación, diseñada para respaldar a quienes se encuentran desempleados por un período máximo de 360 días.

A diferencia del Seguro de Cesantía, este subsidio otorga asistencia mensual y, al recibirlo, los beneficiarios se convierten en elegibles para la Asignación Familiar y/o Maternal, así como la Asignación por Muerte, con acceso a servicios médicos gratuitos.

Proceso de solicitud del Subsidio de Cesantía:

La solicitud de este subsidio se realiza exclusivamente de forma presencial en las oficinas de Chile Atiende. Para ello, se deben presentar los siguientes documentos:

  • Cédula de identidad del solicitante.
  • Formulario de solicitud de subsidio de cesantía, obtenible en oficinas ChileAtiende o la Caja de Compensación correspondiente.
  • Finiquito emitido por el empleador, o en su defecto, copia de Avenimiento o Sentencia Judicial ejecutoriada, o Acta de Comparecencia por denuncia en la Dirección del Trabajo.
  • Certificado de cotizaciones previsionales del IPS o AFP, según corresponda.
  • Certificado de inscripción en el registro de cesantía de la municipalidad.

Requisitos para acceder al Subsidio de Cesantía:

Todos los trabajadores cesantes pueden solicitar este subsidio si cumplen con los siguientes requisitos:

  • Haber acumulado al menos 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional dentro de los dos años anteriores a la fecha de cesantía.
  • Estar inscritos en el registro de cesantía de la municipalidad de residencia.
  • Estar registrados en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
  • Haber perdido el empleo por causas ajenas a su voluntad.
  • Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002 (en caso contrario, el trabajador cesante puede acogerse al régimen del seguro de cesantía pagado por la AFC).